Índice
- Qué es un Convenio Regulador
- Contenido del Convenio Regulador
- ¿Cómo se aprueba el Convenio Regulador?
- ¿Se puede modificar un Convenio Regulador?
- Mediación en el ámbito familiar
En esta entrada del blog vamos a dar unas pinceladas de los aspectos más destacables de los convenios reguladores.
Qué es un Convenio Regulador
Un convenio regulador es un acuerdo entre las partes involucradas en un proceso legal, generalmente en un divorcio o separación, en el que se establecen las condiciones y acuerdos sobre aspectos como la custodia de los hijos, la pensión alimenticia y la distribución de bienes, entre otros. Este convenio tiene como objetivo regular de manera consensuada las relaciones entre las partes y evitar conflictos futuros.
Contenido del Convenio Regulador
Como ya adelantábamos un convenio regulador suele incluir aspectos como la custodia de los hijos, el régimen de visitas, la pensión alimenticia, la liquidación de bienes comunes, la atribución del uso de la vivienda familiar o la pensión compensatoria, entre otros. También puede abordar temas relacionados con la educación y la salud de los hijos, así como cualquier otro aspecto relevante para regular la situación de las partes involucradas. Es importante que el convenio sea claro, detallado y equitativo para ambas partes.
El contenido mínimo de un convenio regulador viene regulado en el artículo 90 de nuestro Código Civil que establece que deberá contender, al menos y siempre que fueran aplicables, los siguientes extremos:
a) El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.
b) Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquéllos.
c) bis El destino de los animales de compañía, en caso de que existan, teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal; el reparto de los tiempos de convivencia y cuidado si fuere necesario, así como las cargas asociadas al cuidado del animal.
d) La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
e) La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.
f) La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
g) La pensión que conforme al artículo 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges.
¿Cómo se aprueba el Convenio Regulador?
Para aprobar un convenio regulador, es necesario que ambas partes involucradas en el acuerdo lo redacten y lo firmen de manera voluntaria. Posteriormente, el convenio debe ser ratificado en sede judicial y finalizará con sentencia aprobando su contenido tras el informe favorable del Ministerio Fiscal. Cuando no hay hijos menores, el convenio regulador se puede ratificar ante notario, quien aprobará su contenido.
¿Se puede modificar un Convenio Regulador?
Sí, un convenio regulador puede ser modificado si ambas partes están de acuerdo en los cambios. Para modificarlo, ambas partes deben redactar un nuevo acuerdo que refleje los cambios acordados y firmarlo de manera voluntaria. Posteriormente, este nuevo convenio modificado debe ser presentado ante un juez o notario para que lo homologue y tenga efecto legal.
Si ambas partes no llegan a un acuerdo en la modificación del mismo, siempre que las circunstancias que dieron lugar al convenio regulador hayan cambiado de forma significativamente y permanente pueden solicitar judicialmente la modificación del mismo. Esto se da con cierta frecuencia cuando el progenitor no custodio sufre una aminoración importante de sus ingresos y necesita reducir la pensión de alimentos o pensión compensatoria que venía abonando.
Mediación en el ámbito familiar
La mediación, la conciliación y el arbitraje son formas de resolución de conflictos de manera extrajudicial. La gran ventaja de estos sistemas son la rapidez, ya que no están sometidos a los largos plazos que hoy en día vivimos en la administración de justicia y también suelen ser procedimientos más económicos que los judiciales. Por ello, en nuestro despacho, contamos con mediadores que disponen de formación específica en esta materia para dar el mejor servicio tanto a trabajadores como a empleadores.
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